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Día del Trabajo ¿Hay algo que celebrar?

1 may 2009


Saludos camaradas, hoy 1 de Mayo, día del trabajo me di a la tarea de analizar algunos puntos del articulo 123 de nuestra Constitución, referente a la jornada laboral, y a pesar de que está muy bien redactado y dice cosas muy bonitas, me parece que es totalmente ficticio lo que aquí se estipula, al no llevarse a cabo en la vida real.
Las Huelgas de Cananea, Sonora y Río Blanco en Veracruz en una de las épocas más oscuras para la clase pobre del país: "El Porfirismo", han sido pieza clave para que año con año se celebre este día, en el que se festejan los avances que ha tenido la clase obrera y campesina en materia de derecho laboral.
A continuación los puntos que consideré más básicos del mismo artículo en letras mayúsculas, y algunas observaciones mías tras los mismos puntos en letras minúsculas:

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
TITULO SEXTO DEL TRABAJO Y DE LA PREVISION SOCIAL
Artículo 123

Folio: 8272
ARTICULO 123. TODA PERSONA TIENE DERECHO AL TRABAJO DIGNO Y SOCIALMENTE UTIL; AL EFECTO, SE PROMOVERAN LA CREACION DE EMPLEOS Y LA ORGANIZACION SOCIAL PARA EL TRABAJO, CONFORME A LA LEY.
(ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 19 DE DICIEMBRE DE 1978)

Observación: Los empleos dignos en México son muy escasos, para empezar, en la mayoría de los casos los salarios son bajísimos, el mínimo en Durango anda en $400 por semana (unos 31 dólares semanales), y las condiciones de trabajo en muchos casos son extremas e insalubres.



EL CONGRESO DE LA UNION, SIN CONTRAVENIR A LAS BASES SIGUIENTES, DEBERA EXPEDIR LEYES SOBRE EL TRABAJO, LAS CUALES REGIRAN:
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 19 DE DICIEMBRE DE 1978)

A.- ENTRE LOS OBREROS, JORNALEROS, EMPLEADOS DOMESTICOS, ARTESANOS Y DE UNA MANERA GENERAL, TODO CONTRATO DE TRABAJO:
(ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 5 DE DICIEMBRE DE 1960)

I.- LA DURACION DE LA JORNADA MAXIMA SERA DE OCHO HORAS;
(MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)

Observación: En Durango se han creado fuentes de empleo que ni solucionan el nivel de desempleo en los durangueños, por estipular que se requiere nivel de Preparatoria para ingresar a esas fuentes de empleo (siendo que la mayor parte de la población sólo posee Secundaria y éstas personas podrían desempeñar fácilmente esos trabajos), y que aparte son mal pagados porque le quitan 1 hora de jornada laboral al trabajo poniéndolo de 8 horas en 7 horas, para así pagar como si fuera media jornada coff coff Teleperformance coff coff. Esto yo lo viví porque trabajé ahí, las 7 horas de trabajo son agotadoras todo el día frente a la PC sin moverte más que sólo en un descanso de 20 minutos (que se convierten en 10 por las prisas de encender y apagar el monitor) y el salario es de $600 a la semana (unos 46 dólares semanales), con ese salario no te alcanza después para curarte del riñon, hemorroides o ceguera por estar todas esas horas frente al monitor.


Trabajo de Titiritero.

II.- LA JORNADA MAXIMA DE TRABAJO NOCTURNO SERA DE 7 HORAS. QUEDAN PROHIBIDAS: LAS LABORES INSALUBRES O PELIGROSAS, EL TRABAJO NOCTURNO INDUSTRIAL Y TODO OTRO TRABAJO DESPUES DE LAS DIEZ DE LA NOCHE, DE LOS MENORES DE DIECISEIS AÑOS;
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1974)

Observación: Que bien que los empresarios violen la ley, si siempre han tenido fama de corruptos y voraces para el dinero, pero ¿qué pasa cuando el Gobierno es quien viola la ley y lo que está estipulado en la Constitución? eso es lo que pasa en Durango, donde los vigilantes del Centro de Readaptación Social (CERESO) laboran en pesadas jornadas de 24 X 24 horas, tomando sólo un breve descanso de 4 horas por las noches, cuando médicamente está comprobado que el reposo de dormir en una persona debe cubrir mínimo 8 horas. La fatiga y tensión de este tipo de trabajos es inhumana, y eso ha llevado en parte a que haya riñas al interior del Penal, en donde se han perdido vidas humanas, por el poco personal que hay y la debilidad con la que los trabajadores deben afrontar una actividad de máximo riesgo.

III.- QUEDA PROHIBIDA LA UTILIZACION DEL TRABAJO DE LOS MENORES DE CATORCE AÑOS. LOS MAYORES DE ESTA EDAD Y MENORES DE DIECISEIS TENDRAN COMO JORNADA MAXIMA LA DE SEIS HORAS;
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE NOVIEMBRE DE 1962. MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)

Observación: Durango es conocido como dice la canción: "niños que sin descansar pregonan el Sol, el Sol de Durango" (un periódico de la localidad), y en muchas partes se ve a infantes desempeñando labores de adultos. La sobreexplotación infantil es una penosa realidad y ni padres de familia, Gobierno o profesores hacen mucho para detenerla.
luego se pone de excusa que ya con la sola entrada de ingresos familiares por parte del Padre no les alcanza para mantenerse, y desgraciadamente tienen razón.


Maquiladora

IV.- POR CADA SEIS DIAS DE TRABAJO DEBERA DISFRUTAR EL OPERARIO DE UN DIA DE DESCANSO, CUANDO MENOS;
(MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)

Observación: Esto se da a regañadientes, aunque hay empresas como la susodicha Teleperformance en el que los 12 días primeros del mes los trabajadores deben de laborar sin parar.

V.- LAS MUJERES DURANTE EL EMBARAZO NO REALIZARAN TRABAJOS QUE EXIJAN UN ESFUERZO CONSIDERABLE Y SIGNIFIQUEN UN PELIGRO PARA SU SALUD EN RELACION CON LA GESTACION; GOZARAN FORZOSAMENTE DE UN DESCANSO DE SEIS SEMANAS ANTERIORES A LA FECHA FIJADA APROXIMADAMENTE PARA EL PARTO Y SEIS SEMANAS POSTERIORES AL MISMO, DEBIENDO PERCIBIR SU SALARIO INTEGRO Y CONSERVAR SU EMPLEO Y LOS DERECHOS QUE HUBIEREN ADQUIRIDO POR LA RELACION DE TRABAJO. EN EL PERIODO DE LACTANCIA TENDRAN DOS DESCANSOS EXTRAORDINARIOS POR DIA, DE MEDIA HORA CADA UNO, PARA ALIMENTAR A SUS HIJOS;
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1974. MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986. )

Observación: Esto que yo sepa sólo se aplica en puestos de Gobierno o personas que pertenecen a un sindicato. En muchos trabajos se ve a las mujeres ya próximas a dar a luz y aún así siguen chambeando. En la mayoría de los sitios se les da dos semanas para recuperarse del alumbramiento.



VI.- LOS SALARIOS MINIMOS QUE DEBERAN DISFRUTAR LOS TRABAJADORES SERAN GENERALES O PROFESIONALES. LOS PRIMEROS REGIRAN EN LAS AREAS GEOGRAFICAS QUE SE DETERMINEN; LOS SEGUNDOS SE APLICARAN EN RAMAS DETERMINADAS DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA O EN PROFESIONES, OFICIOS O TRABAJOS ESPECIALES.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE DICIEMBRE DE 1986)

Observación: Durango pertenece a la zona económica C (la más pobre) con trabajos mal pagados, y pagamos impuestos como si estuviéramos en la zona A (la más abundante).

LOS SALARIOS MINIMOS GENERALES DEBERAN SER SUFICIENTES PARA SATISFACER LAS NECESIDADES NORMALES DE UN JEFE DE FAMILIA, EN EL ORDEN MATERIAL, SOCIAL Y CULTURAL, Y PARA PROVEER A LA EDUCACION OBLIGATORIA DE LOS HIJOS. LOS SALARIOS MINIMOS PROFESIONALES SE FIJARAN CONSIDERANDO, ADEMAS, LAS CONDICIONES DE LAS DISTINTAS ACTIVIDADES ECONOMICAS.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE DICIEMBRE DE 1986)
LOS SALARIOS MINIMOS SE FIJARAN POR UNA COMISION NACIONAL INTEGRADA POR REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES, DE LOS PATRONES Y DEL GOBIERNO, LA QUE PODRA AUXILIARSE DE LAS COMISIONES ESPECIALES DE CARACTER CONSULTIVO QUE CONSIDERE INDISPENSABLES PARA EL MEJOR DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE DICIEMBRE DE 1986)

Observación: Los Salarios mínimos (la mayoría de ellos generados en las diversas Maquiladoras de la Ciudad) no alcanzan para nada, con $400 semanales se deben afrontar gastos como la Luz (supongamos unos $150 al mes), el agua (unos $100 mensuales), los tanques de Gas de cocina y baño $200 por mes (En un periodo de 6 meses se llegan a gastar en promedio 4 tanques, 3 en el baño los cuales duran más o menos 2 meses, y uno en la cocina que suele durar hasta 6 meses, tamaño estándar), renta o pago de casa (los cobros más bajos pululan en los $400 mensuales). Apuntando sólo estos gastos son $212.5 por semana, a esto hay que sumarle alimentación, gastos escolares, gastos de salud, de ropa y calzado, etc, quedando sólo $187.5 para cubrirlos. Me extraña que aún no se haya desatado una nueva Revolución.



VII.- PARA TRABAJO IGUAL DEBE CORRESPONDER SALARIO IGUAL, SIN TENER EN CUENTA SEXO NI NACIONALIDAD;
(MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)

Observación: Bueno, creo que en este renglón si se ha cumplido, aunque sigue existiendo el acoso sexual por parte de los patrones hacia sus empleadas.

VIII.- EL SALARIO MINIMO QUEDARA EXCEPTUADO DE EMBARGO, COMPENSACION O DESCUENTO;
(MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)

Observación: Ya sería mucho joder si al salario mínimo le quitarán aún más para cubrir pendejadas.

XV.- EL PATRON ESTARA OBLIGADO A OBSERVAR, DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DE SU NEGOCIACION, LOS PRECEPTOS LEGALES SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES DE SU ESTABLECIMIENTO, Y A ADOPTAR LAS MEDIDAS ADECUADAS PARA PREVENIR ACCIDENTES EN EL USO DE LAS MAQUINAS, INSTRUMENTOS Y MATERIALES DE TRABAJO, ASI COMO A ORGANIZAR DE TAL MANERA ESTE, QUE RESULTE LA MAYOR GARANTIA PARA LA SALUD Y LA VIDA DE LOS TRABAJADORES, Y DEL PRODUCTO DE LA CONCEPCION, CUANDO SE TRATE DE MUJERES EMBARAZADAS. LAS LEYES CONTENDRAN, AL EFECTO, LAS SANCIONES PROCEDENTES EN CADA CASO;
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1974)

Observación: Tanto en Maquiladoras como en Minas o Dependencias de Seguridad Pública no se cuentan con los equipos necesarios para el trabajo, así vemos a gente soldando sin careta, obreros sin el equipo especial operando peligrosas máquinas, chalecos anti-balas de hace 20 años en las corporaciones policíacas, repartidores de Sabritas viajando largos trayectos en Combis que traen las llantas lisas que hasta una hoja las poncharía, recolectores de basura sin tapabocas soportando todo el olor que emana de los basureros, nidos de cucarachas en los mercados principales y ratas gigantescas en el hospital psiquiátrico, capaces de contagiar una enfermedad, etc.



XVI.- TANTO LOS OBREROS COMO LOS EMPRESARIOS TENDRAN DERECHO PARA COALIGARSE EN DEFENSA DE SUS RESPECTIVOS INTERESES, FORMANDO SINDICATOS, ASOCIACIONES PROFESIONALES, ETC.

XVII.- LAS LEYES RECONOCERAN COMO UN DERECHO DE LOS OBREROS Y DE LOS PATRONOS, LAS HUELGAS Y LOS PAROS;
(MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)

Observación: Los Sindicatos que se formaron hace mucho tiempo que bien, en la actualidad formar un Sindicato es sinónimo de cacería de brujas, pasa con los trabajadores de confianza del Gobierno, a los cuáles se les explota sobremanera y al menor indicio de que haya alguien que intenta hacer un sindicato se le mandan incluso amenazas de muerte y sobornos para que desista, triste pero cierto.

XXII.- EL PATRONO QUE DESPIDA A UN OBRERO SIN CAUSA JUSTIFICADA O POR HABER INGRESADO A UNA ASOCIACION O SINDICATO, O POR HABER TOMADO PARTE EN UNA HUELGA LICITA, ESTARA OBLIGADO, A ELECCION DEL TRABAJADOR, A CUMPLIR EL CONTRATO O A INDEMNIZARLO CON EL IMPORTE DE TRES MESES DE SALARIO. LA LEY DETERMINARA LOS CASOS EN QUE EL PATRONO PODRA SER EXIMIDO DE LA OBLIGACION DE CUMPLIR EL CONTRATO MEDIANTE EL PAGO DE UNA INDEMNIZACION. IGUALMENTE TENDRA LA OBLIGACION DE INDEMNIZAR AL TRABAJADOR CON EL IMPORTE DE TRES MESES DE SALARIO CUANDO SE RETIRE DEL SERVICIO POR FALTA DE PROBIDAD DEL PATRONO O POR RECIBIR DE EL MALOS TRATAMIENTOS, YA SEA EN SU PERSONA O EN LA DE SU CONYUGE, PADRES, HIJOS O HERMANOS. EL PATRONO NO PODRA EXIMIRSE DE ESTA RESPONSABILIDAD CUANDO LOS MALOS TRATAMIENTOS PROVENGAN DE DEPENDIENTES O FAMILIARES QUE OBREN CON EL CONSENTIMIENTO O TOLERANCIA DE EL;
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE NOVIEMBRE DE 1962. MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986. )

Observación: La mayoría de los trabajos ahora son por contratos, pero a pesar de haber firmado un contrato por determinado tiempo (6 meses lo más casual), el patrón te puede despedir en cualquier momento, por cualquier causa, y acudir a una junta de conciliación y arbitraje o incluso a Derechos Humanos es algo totalmente vano. A muchas personas les ha pasado y en la misma Comisión de Derechos Humanos les dicen que "ya mejor ni le muevan", ¿amenaza o consejo?



XXIX.- ES DE UTILIDAD PUBLICA LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, Y ELLA COMPRENDERA SEGUROS DE INVALIDEZ, DE VEJEZ, DE VIDA, DE CESACION INVOLUNTARIA DEL TRABAJO, DE ENFERMEDADES Y ACCIDENTES, DE SERVICIOS DE GUARDERIA Y CUALQUIER OTRO ENCAMINADO A LA PROTECCION Y BIENESTAR DE LOS TRABAJADORES, CAMPESINOS, NO ASALARIADOS Y OTROS SECTORES SOCIALES Y SUS FAMILIARES;
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1974. MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986. )

Observación: Un vecino era policía y se dio un balazo accidentalmente quedando inválido, y aún así lo hacen que se presente a laborar, no lo pensionaron ni le dieron una indemnización. En muchos trabajos el seguro contra accidentes denota que debes sufrir un accidente a partir de que dejas tu lugar de trabajo 1 hora.



XXX.- ASIMISMO, SERAN CONSIDERADAS DE UTILIDAD SOCIAL, LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS PARA LA CONSTRUCCION DE CASAS BARATAS E HIGIENICAS, DESTINADAS A SER ADQUIRIDAS EN PROPIEDAD POR LOS TRABAJADORES EN PLAZOS DETERMINADOS, Y
(MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986. )

Observación: Las casas no son baratas en la entidad (para lo que se gana en salario), eso sí, son pocilgas que más bien parecen casas de pitufos, seguramente las personas que se encargan de su construcción se ahorran hasta en el más mínimo detalle, aparte el material de construcción es muy endeble, al poco tiempo de haberlas adquirido se cuartean, y se tiene que invertir más dinero en su remodelación, o casi casi mejor tumbar la casa y construir otra, con buena varilla en el cimiento y no los alambritos que les ponen las Constructoras asociadas con el Gobierno.
No faltan los viejitos vivales que se enarbolan la bandera de la Revolución y dicen que luchan por el pueblo y una serie de sandeces que ni ellos mismos se las creen, y en la práctica viven como burgueses, con hasta dos mujeres, dos puestos de Gobierno, incontables cantidades de recursos financieros que según ellos son para las despensas de la gente humilde, etc, esos líderes corruptos son para el dinero lo que un oso para la miel (en caso de que a los osos les guste la miel).
Así las cosas, las condiciones de vida en México para la mayoría de la población son infrahumanas, pero ni hablar, aquí nos tocó vivir, y debemos echarle todas las ganas del mundo, pero no sólo esfuerzo, también poner un poco de inteligencia.
¡Pasen buenos días!

5 comentarios:

  1. Yito dijo...:

    Excelente blog compa, tus observaciones sólo las adecuamosa BCS y están iguales.
    Yo trabajé 4 años como mesero de 5pm a 12:30 am según el contrato pero los fines de semana lleguá a salir a las 3:00am y no me pagaban horas extras. Mi quincena era de 950 pesos y sólo por las propinas me mantuve ahí ya que estaba sosteniendo mis estudios. Negreros.

  1. Eso no nada más es en Durango, yo creo que en todo México no se respeta lo establesido.

  1. Anónimo dijo...:

    en monterrey se supone q el minimo es de 550 semanales pero normalmente se pagan 700 a la semana

  1. IvanDS dijo...:

    Acertado comentario nuevamente.
    Tus observaciones son apropiadas, la verdad es que en realidad nos encontramos frente a un gran rezago legal en materia labora y esto debido a que la ley se encuentra desadecuada a las condiciones imperantes de la época, ya que por ejemplo, fué promulgada antes de, digamos el TLCAN, y eso por citar como dije un ejemplo.
    En su época fué una maravilla, de hecho fué la primera declaración de garantías sociales en un ordenamiento jurídico en el mundo, en ella se consignan los derechos "básicos" de los trabajadores, no obstante de que como es sabido por todos, las normas jurídicas requieren de un dinamismo propio de la sociedad y esta ley, debemos admitirlo lo carece.
    Solo quisiera hacer una corrección, cuando se hace referencia a que A TRABAJO IGUAL CORRESPONDE SALARIO IGUAL no se cumple, pues no se trata de una cuestión de género, sino que se refiere a que si tu eres recepcionista y tu compañero también, les deberán (en teoría) pagar lo mismo, cosa que en realidad no se lleva a cabo, pues siempre hay alguien que se lleva mejor con el dueño, gerente, encargado, etc.

    Bueno, me gustaria seguir y seguir comentando pues en mi opinión hay muchas cosas que en realidad no se han cumplido a pesar de las grandes luchas sociales y al parecer no se cumplirán si tenemos un bonito ordenamiento pero con poca aplicación para la clase trabajadora, carente muchas veces de los conocimientos necesarios para saber CUALES, COMO y DONDE exigir sus derechos.

    Un saludo

    Y celebremos el Día de trabajo como un día que han ganado las mafias llamadas SINDICATOS para simplemente darle a la fuerza mas poderosa del país y el mundo un poco de calma (el famoso pan y circo moderno).

  1. Charly dijo...:

    @Yito, el país está mal, se me quedaron muchísimos ejemplos fuera de esta lista, pero es una pena que se den explotaciones de este tipo y se pasen por el arco del triunfo lo que establece la Constitución.

    @diego_5060, eso no lo dudo mi buen.

    darklink6422, Monterrey debe ser una de las pocas excepciones que hay a nivel nacional, tengo familiares viviendo allá y les va mejor que cuando vivían aquí.

    @Six, así es, es el famoso nepotismo, de ascención de puestos o mejores salarios por ser achichincle de alguien o familiar en vez de que se te mida por tus capacidades.

 
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